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El cargo de la Secretaría General está ocupado por el representante legal del sindicato para todos los actos internos y externos. La Secretaría General dirige las sesiones de la Junta, vigila la inversión de los fondos no permitiendo que éstos tengan otro destino que el que se les hubiere asignado; autoriza con su firma las órdenes de pago resueltas por Junta Ejecutiva Central; firma conjuntamente con los Secretarios correspondientes, actas, libros, documentos, recibos, contratos y toda correspondencia que emane de la UEPC; toma resoluciones propias de la Junta Ejecutiva Central en casos urgentes y representa a la entidad en las organizaciones federativas o confederativas a las que esté adherida UEPC. A la Secretaría General Adjunta le competen estas mismas tareas y le corresponde colaborar con la Secretaría General y reemplazar a su titular en caso de ausencia, temporaria o definitiva, adquiriendo en este caso los mismos deberes y atribuciones propias de dicho cargo.