Desde este lunes 3 de noviembre se encuentra en vigencia la cobertura de suplencias pagas de 3 a 7 días en el Nivel Inicial y Primario, lograda en la Mesa de Política Laboral y Salarial. Estas suplencias estarán a cargo de maestras de grado y maestras de sala (13475 – 13480).
A continuación, desde la Secretaría de Nivel Inicial y Primario compartimos información sobre el procedimiento. Ante dudas o consultas pueden comunicarse con la secretaría al tel. 0351 410 1434/36 o al correo primaria@uepc.org.ar
Según la resolución 286/2025, se establece una cobertura excepcional con las siguientes características:
- Las suplencias serán de entre tres (3) y siete (7) días solo para cargos de maestros de grado/sala (13475 – 13480).
- El cargo tiene carácter suplente.
- Deberá hacer toma de posesión el mismo día del ofrecimiento.
- Deberá desempeñarse siempre a contra turno.
- En caso de no aceptar la designación, los docentes convocados no perderán su orden en LOM, siempre y cuando la convocatoria se realizará en el marco de la presente resolución.
- Serán remunerados exclusivamente los días en los que el suplente haya desempeñado funciones de manera efectiva frente a alumnos.
- El procedimiento para la cobertura no alcanza a docentes de jornada extendida, quinta hora ni ramos especiales. Tampoco podrán acceder a la suplencia directores y vicedirectores.
Se convocará atendiendo al siguiente orden:
· 1era instancia: Docentes titulares del establecimiento educativo, dando prioridad a los aspirantes con mayor antigüedad en la escuela.
· 2da instancia: Docentes interinos y luego a los docentes suplentes de la institución, dando prioridad a los aspirantes con mayor antigüedad.
· 3era instancia: Docentes de la Lista de Orden de Mérito conforme el padrón vigente que reviste un rol activo en gestión estatal.
· 4ta instancia: Docentes que no se encuentran inscriptos en la Lista de Orden de Mérito mencionada anteriormente que reviste un rol activo en gestión estatal.
· 5ta instancia: tendrá vigencia la facultad del director de cada escuela para designar maestro “ad honorem”.
El presente procedimiento entrará en vigencia el 3 de noviembre de 2025 y se utilizará para la cobertura de ausentismos que ocurran durante el periodo en que se extiende el dictado de clases, en escuelas de gestión estatal.
Confección del MAB
Para las altas suplentes previstas en la Res. 286, antes descriptas, se deberán confeccionar MABs con:
- Código Novedad: 5 – Designación Especial.
- Motivo Novedad: 286 – “Alta menor 8 días (solo suplente)” para el tipo de designación 5 – Designación Especial.
Los demás datos se cargarán según la designación – docente – cargo – centro educativo.
Dicho código está disponible para confeccionar MABs a través de autogestión a partir del 3 de noviembre de 2025. Se recuerda que estas designaciones deben tener este motivo de novedad, o el mismo será rechazado.
Este procedimiento estará vigente desde el 3 de noviembre de 2025 hasta la fecha prevista como límite de autorización de coberturas de altas suplentes 2025.